“Los trabajadores que tenga mínimo año en la empresa y que hayan laborado al menos 60 días deberán recibir las utilidades en mayo y junio”
Las empresas que hayan recibido una ganancia anual superior a los 300 mil pesos deberán entregar a sus empleados en los próximos meses de mayo y junio el reparto de utilidades.
Para ser acreedor de ellas, el empleado debe haber trabajado al menos 60 días durante todo el año a repartir, sin importar si se dio de manera continua o discontinua.
Así mismo, la Ley de Trabajo de México, específica que en caso de que la empresa venda un producto novedoso, la persona podrá recibir las utilidades cuando tenga dos años en la empresa.
En caso de no recibirlas, el trabajador puede acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
Fuente de información: abcnoticias.mx